La valorización energética es un proceso totalmente reconocido por la Unión Europea y regulado desde un punto de vista jurídico por la normativa comunitaria, estatal y autonómica.

Con carácter general, hay tres áreas legislativas que regulan la actividad de valorización de residuos:

  • La legislación sobre prevención y control integrado de la contaminación.
  • La legislación sobre residuos.
  • La legislación sobre emisiones industriales.

A continuación se cita la principal normativa dictada por la Unión Europea, el Estado español y a nivel Autonómico, destacando algunos artículos que hacen mención expresa a la valorización.

UNIÓN EUROPEA

El Pacto Verde Europeo (2019)

Las industrias de gran consumo energético, como las del acero, los productos químicos y el cemento, son imprescindibles para la economía de Europa por cuanto abastecen a varias cadenas de valor de importancia esencial.

Comunicación de la comisión al parlamento europeo, al consejo europeo, al consejo, al comité económico y social europeo y al comité europeo de las regiones (2022). Plan REPowerEU

El objetivo del plan (REPowerEU), es poner fin a la dependencia de la UE con respecto a los combustibles fósiles rusos, que se utilizan como arma económica y política y cuestan a los contribuyentes europeos casi 100.000 millones de euros al año, y hacer frente a la crisis climática. La sustitución del carbón, el petróleo y el gas natural en los procesos industriales reducirá las emisiones de gases de efecto invernadero y reforzará la seguridad y la competitividad.

Dentro de la ficha informativa “industria limpia” que acompañan al plan, se cita expresamente a la “valorización de residuos” como una de las medidas para impulsar el desarrollo de procesos industriales más limpios, junto con el hidrógeno verde, la eficiencia energética, o el uso circular de materiales, entre otras.

Comunicación de la comisión al parlamento europeo (2020), al consejo, al comité económico y social europeo y al comité de las regiones “Plan de acción para la economía circular por una Europa más limpia y más competitiva”

La circularidad es un aspecto esencial de la transformación, en un sentido más amplio, de la industria hacia la neutralidad climática y la competitividad a largo plazo. Puede producir cuantiosos ahorros materiales a lo largo de las cadenas de valor y los procesos de producción, generar valor añadido y desbloquear oportunidades económicas. En sinergia con los objetivos establecidos en la estrategia industrial, la Comisión favorecerá una mayor circularidad en el sector industrial mediante las acciones siguientes: 

  • facilitar la simbiosis industrial mediante el desarrollo de un sistema de notificación y certificación promovido por la industria, y posibilitar su puesta en práctica;

Comunicación COM (2017) sobre el papel de la transformación de los residuos en energía dentro de la economía circular: “The role of waste-to-energy in the circular economy”

La Comisión Europea insta a los Estados miembros a que, cuando revisen sus planes de gestión de residuos y evalúen la necesidad de capacidad adicional de procesos de recuperación de energía de los residuos no reciclables (por ej. de incineración), aquellos Estados miembros con una capacidad de incineración baja o inexistente y una alta dependencia de los vertederos (es decir la situación actual de España), adopten una perspectiva a largo plazo y evalúen, entre otros factores, la disponibilidad de hornos de cemento para coprocesar residuos.

Comunicación COM (2011), Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos

“La memoria que acompaña a la nota de prensa de la Comisión enumeraba una serie de ejemplos sobre mejores prácticas llevados a cabo por sectores industriales en el ámbito de la eficiencia de los recursos y destaca entre las mejores prácticas de eficiencia, el uso de residuos como combustible en las cementeras, pues reduce las emisiones de CO2, los costes energéticos y da una solución ambientalmente correcta a los residuos».

Decisión 2013/163, de 26 de marzo, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para la fabricación de cemento, cal y óxido de magnesio conforme a la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales

“La Comisión Europea considera la utilización de residuos en hornos de cemento como una Mejor Técnica Disponible (MTD): “Existen diversos tipos de residuos que pueden sustituir a las materias primas o a los combustibles fósiles en la fabricación de cemento, contribuyendo con ello al ahorro de recursos naturales.”

Comunicación COM (2015) Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular

“Cuando no se pueden evitar o reciclar los residuos, en la mayoría de los casos y tanto desde el punto de vista medioambiental como económico, es preferible recuperar su contenido energético en vez de depositarlos en vertederos”.

Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables

En el artículo 2 en la definición de “biomasa», se incluye la fracción biodegradable de los residuos industriales y municipales.

ESTADO

Estrategia Española de Economía Circular, España Circular 2030

Así, la estrategia establece entre otros, los siguientes objetivos para el año 2030: 

  • Reducir en un 30 % el consumo nacional de materiales en relación con el PIB, tomando como año de
    referencia el 2010.
  • Reducir la generación de residuos un 15 % respecto de lo generado en 2010.

Y fija la “generación de biocombustibles a partir de residuos no reciclables” como una de las áreas clave de la estrategia de economía circular sobre las que actuar y que pueden contribuir a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular

En Título VII «Medidas fiscales para incentivar la economía circular», capítulo II «Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos», se recoge:
Art. 88. Hecho imponible:
c) La entrega de residuos para su eliminación o valorización energética en las instalaciones de coincineración de residuos autorizadas, tanto de titularidad pública como privada, situadas en el territorio de aplicación del impuesto.
Artículo 93. Cuota íntegra:
g) En el caso de residuos coincinerados en instalaciones de coincineración de residuos: 0 euros por tonelada métrica.
(…) Las comunidades autónomas podrán incrementar los tipos impositivos recogidos en el apartado anterior respecto de los residuos depositados, incinerados o coincinerados en sus respectivos territorios.

Artículo 2. Definiciones:
“«Valorización»: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular o que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En el anexo II, se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización.
«Valorización de materiales»: toda operación de valorización distinta de la valorización energética y de la transformación en materiales que se vayan a usar como combustibles u otros medios de generar energía. Incluye, entre otras operaciones, la
preparación para la reutilización, el reciclado y el relleno.”

Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertederos

Disposición adicional segunda. Gestión de residuos asociados al COVID-19.
3. En caso de que eventuales rebrotes asociados al COVID-19 hagan imposible la gestión ordinaria de los residuos referidos en los apartados 1 y 2, las autoridades sanitarias y medioambientales competentes de las comunidades autónomas podrán adoptar medidas de carácter excepcional, precisando las medidas autorizadas y su ámbito temporal y espacial de aplicación. A estos efectos, podrá autorizarse la coincineración de residuos en instalaciones de fabricación de cemento autorizadas para ello, así como la recogida diferenciadas de bolsas procedentes de centros o lugares donde se dé un elevado nivel de afectados por COVID-19.

Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Segundo. Instrucciones de gestión de residuos.
“A estos efectos, y en caso de que sea necesario, las instalaciones industriales de fabricación de cemento autorizadas para coincinerar residuos deberán proceder a la incineración de la fracción resto a requerimiento de las autoridades competentes”.

Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación

Artículo 3, Definiciones. «Autorización ambiental integrada»: la resolución escrita del órgano competente de la comunidad autónoma en la que se ubique la instalación, por la que se permite, a los efectos de la protección del medio ambiente y de la salud de las personas, explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones destinadas a garantizar que la misma cumple el objeto y las disposiciones de esta ley. Tal autorización podrá ser válida para una o más instalaciones o partes de instalaciones que tengan la misma ubicación.
Nota: Todas las fábricas de cemento en España cuentan con autorización ambiental integrada en vigor.

Resolución de 16 de noviembre de 2015, de la dirección general de calidad y evaluación ambiental y medio natural, por el que se aprueba el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022

“El aprovechamiento de la energía contenida en los residuos juega un papel importante en la reducción del vertido de residuos no reciclables y de los rechazos procedentes de instalaciones de tratamiento”.
“Valorizar energéticamente parte de los rechazos producidos en las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico, bien directamente o mediante la preparación de combustible derivado de residuos (CDR) que podrá ser usado en instalaciones de coincineración de residuos”.
En el plan se recogen las cementeras autorizadas para emplear NFU como combustible

Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación

En el capítulo IV de este Real Decreto recoge las disposiciones de aplicación para las instalaciones que incineren y coincineren residuos. Entre otras disposiciones se incluyen las relativas a:
Condiciones de recepción de los residuos que vayan a utilizarse como combustibles.
Condiciones de diseño, equipamiento, construcción y explotación de las instalaciones.
Control y seguimiento de las emisiones.
Cumplimiento de los valores límite de emisión: en concreto en su Anejo 2 “Disposiciones técnicas para las instalaciones de incineración coincineración” se definen los valores límite de emisión para los hornos de cemento en los que se coincineren residuos.

Real Decreto-Ley 4/2001, de 16 de febrero, sobre el régimen de intervención administrativa aplicable a la valorización energética de harinas de origen animal procedentes de la transformación de despojos y cadáveres de animales

“Disposición adicional octava. Valorización energética de harinas transformadas de origen animal.
1. La valoración energética de las harinas transformadas de despojos y cadáveres de animales señaladas en el apartado 2, mediante su utilización como combustible en hornos de fábricas de cemento o de productos cerámicos o en centrales térmicas, quedará exenta de la autorización administrativa establecida en el art. 13.1 de la presente Ley, siempre que tales operaciones, en las que no podrá valorizar una cantidad de residuos superior a la indicada en el apartado 3, se lleven a cabo de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 y respetando las prescripciones sobre niveles de emisión de contaminantes establecidas en materia de protección del ambiente atmosférico.”

Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados

Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso

Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición

AUTONÓMICA

Se recogen las principales disposiciones legales autonómicas que regulan la valorización de residuos en fábricas de cemento.

  • Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía.
  • Decreto 131/2021, de 6 de abril, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de Andalucía. Hacia una Economía Circular en el Horizonte 2030.
  • Acuerdo de 19 de marzo de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Integral de Residuos de Andalucía. Hacia una Economía Circular en el Horizonte 2030 (PIRec 2030).
  • Orden de 30 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las modificaciones del Plan Director Territorial de Residuos No Peligrosos de Andalucía (2010- 2019), como consecuencia de la revisión intermedia de 2016.
  • Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.
  • Orden DRS/1364/2018, de 27 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 24 de julio de 2018, por el que se aprueba el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2018-2022). Plan GIRA 2018-2022.
  • Orden de 18 de junio de 2012, por la que se regula el aprovechamiento de la biomasa forestal con destino energético en Aragón.
  • Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se ordena la publicación en el BOPA de la Estrategia de Economía Circular del Principado de Asturias 2023-2030.
  • Resolución por la que se ordena la publicación de la documentación ambiental relativa al Plan de Residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2017-2023.
  • Decreto 26/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Decreto 78/2016, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha.
  • Decreto 17/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Estrategia de Economía Circular de Castilla-La Mancha.
  • Decreto 78/2016, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha.
  • Orden FYM/304/2022, de 2 de abril, por la que se acuerda dar publicidad a la adaptación del Plan Integral de Residuos de Castilla y León (PIRCYL).
  • Acuerdo 115/2021, de 14 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la «Estrategia de Economía Circular 2021-2030».
  • Orden FYM/785/2016, de 2 de septiembre, por la que se acuerda la publicación del Plan Regional de ámbito sectorial denominado «Plan Integral de Residuos de Castilla y León», aprobado por el Decreto 11/2014, de 20 de marzo.
  • Decreto 11/2014, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial denominado «Plan Integral de Residuos de Castilla y León».
  • Ley 1/2012, de 28 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras.
  • Orden FYM/162/2012, de 9 de marzo, por la que se publica la relación de residuos susceptibles de valorización.
  • Orden ACC/3/2023, de 13 de enero, por la que se aprueba el modelo 593 “Impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados, incineración y coincineración. Autoliquidación”, se establece la forma y el procedimiento para su presentación, se crea el Censo del impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados, la incineración y la coincineración, se regula la inscripción en el Registro Territorial en Cataluña de las personas obligadas tributarias por el impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados, la incineración y la coincineración y se aprueba el modelo de tarjeta de inscripción.
  • Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña (PRECAT20).
  • Decreto 152/2017, de 17 de octubre, sobre la clasificación, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña.
  • Decreto 98/2015, de 9 de junio, del Consejo para la Prevención y la Gestión de los Residuos en Cataluña.
  • Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.
  • Decreto 32/2009, de 24 de febrero, sobre la valorización de escorias siderúrgicas en Cataluña.
  • Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos.
  • Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de enero de 2024, por el que se aprueba el Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX) 2023-2030.
  • Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
  • Orden 14/2022 de 21 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regula la inscripción, modificación y baja en el censo del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos.
  • Decreto 55/2019, de 5 de abril, del Consell, por el que se aprueba la revisión del Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana.
  • Orden 3/2013, de 25 de febrero, por la que se publica la relación de residuos susceptibles de valorización a los efectos del impuesto sobre eliminación de residuos en vertedero.
  • Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados de Galicia.
  • Resolución de 23 de diciembre de 2016, por la que se publica el Plan de gestión de residuos industriales de Galicia 2016-2022 (Priga), aprobado por el Consello de la Xunta el 22 de diciembre de 2016, y se da la difusión y publicidad exigidas en la Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia.
  • Orden de 20 de julio de 2009 por la que se regula la construcción y la gestión de los vertederos en Galicia.
  • Acuerdo. Aprobación definitiva del Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA).
  • Acuerdo de aprobación de la corrección de errores materiales detectados en el Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la Isla de Mallorca (PDSRNP).
  • Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.
  • Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid.
  • Resolución de 4 de enero de 2019, mediante la que se da publicidad a la aprobación de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024, conforme a lo establecido en el apartado segundo del artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
  • Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad.
  • Orden Foral 3/2024, de 19 de enero, del consejero de Economía y Hacienda por la que se modifica la Orden Foral 19/2023, de 16 de marzo, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 366 «Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación» y se regula la inscripción en el Registro territorial del impuesto.
  • Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 31 de enero de 2024, por el que se aprueba la revisión del Plan de Residuos de Navarra 2017-2027.
  • Decreto Foral normativo 2/2023, de 9 de mayo, del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
  • Norma Foral 6/2019, de 20 de marzo, por la que se aprueba el Plan Integral de Gestión de Residuos Urbanos de Gipuzkoa 2019-2030.
  • Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos en el País Vasco.